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martes, 27 de noviembre de 2012

IMPORTANTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo falla que el trabajador conserva derecho a la indemnización si deja de acudir al trabajo por incumplimiento empresarial grave.
La Sala de lo Social del Alto Tribunal revisa su doctrina sobre la resolución del contrato a instancia del trabajador; en concreto, sobre la exigencia de que dicho contrato no se haya extinguido hasta que exista sentencia. La Sala falla a favor de un trabajador que dejó de prestar sus servicios tras la conciliación y sin que se hubiera dictado aún sentencia.
Autor: Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia STS 6207/2012
por la que modifica parte de su doctrina en materia de resolución de contrato a instancia del trabajador.
En Alto Tribunal falla que el trabajador conserva su derecho a la indemnización en caso de rescisión de contrato por su parte cuando, al existir un incumplimiento empresarial grave, éste opta por abandonar su puesto de trabajo.
El Tribunal Supremo resuelve el caso de un trabajador al que la empresa le abonaba su salario con retrasos reiterados.
El empleado comunicó a la empresa en el acto de conciliación que, si en el plazo de ocho días naturales no le eran abonados los salarios atrasados, dejaría de asistir a su puesto de trabajo y aceptaría cualquier otra oferta de empleo, manteniendo su demanda de rescisión indemnizada del contrato.


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